Artículo 30. Naturaleza.
Artículo 30 de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-12101
Atención: Ley 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se crea la Agencia Valenciana de Seguridad Alimentaria, como ente público, de los previstos en el artículo 5.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat.
2. La Agencia Valenciana de Seguridad Alimentaria, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, se adscribe a la Conselleria de Sanidad, a través de la Entidad Valenciana para la Acción en Salud Pública.