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Ley Vigente

Artículo 30. Domicilio del organizador a efectos de notificaciones.

Artículo 30 de la Ley 3/2017, de 5 de abril, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Cantabria. · BOE-A-2017-5043

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-19.

Texto consolidado

En defecto del que expresamente se haya señalado como domicilio a efectos de notificaciones, tendrá tal carácter el que figure en la solicitud de autorización formulada por el organizador, o el del establecimiento en que se desarrolle el espectáculo o actividad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-04-19.

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