Artículo 30. Régimen fiscal de las aportaciones efectuadas a organizaciones no gubernamentales y a proyectos de cooperación para el desarrollo.
Artículo 30 de la Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo. · BOE-A-2003-14480
Atención: Ley 3/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las aportaciones efectuadas por personas físicas o jurídicas a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo así como para la realización de programas o proyectos de cooperación recibirán el tratamiento fiscal previsto en los artículos 35 y 36 de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de cooperación internacional para el desarrollo.
2. La Comunidad Autónoma de Galicia podrá regular otros incentivos fiscales que favorezcan la participación privada en programas o proyectos de cooperación para el desarrollo. Estos incentivos se regularán mediante norma con rango de Ley.