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Ley Vigente

Artículo 30. Sanciones a los cargos públicos.

Artículo 30 de la Ley 25/2018, de 10 de diciembre, reguladora de la actividad de los grupos de interés de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-967

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-09-13.

Texto consolidado

Las sanciones que se pueden aplicar a los cargos públicos de la administración de la Generalitat y de su sector público instrumental son las siguientes:

1. Por la comisión de infracciones graves:

a) Una multa de entre 601 y 6.000 euros.

b) La declaración del incumplimiento y su publicación en el portal de transparencia de la Generalitat.

c) Las sanciones previstas en las letras a y b de este apartado conjuntamente.

2. Por la comisión de infracciones leves:

a) El apercibimiento por el incumplimiento.

b) Una multa de hasta 600 euros.

c) Las sanciones previstas en las letras a y b de este apartado conjuntamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-09-13.

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