Artículo 30. Anteproyecto de presupuestos.
Artículo 30 de la Ley 2/2024, de 27 de junio, de la Corporación Audiovisual de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2024-16512
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-29.
Texto consolidado
1. Las propuestas de presupuestos de explotación y de capital de la CACVSA, se elaborarán según lo establecido en los artículos 8 y 11 de la presente ley y se remitirán a la Presidencia de la Generalitat y a la conselleria responsable de hacienda, a efectos de su integración en el presupuesto de la Generalitat.
2. Los anteproyectos de presupuestos serán elaborados y gestionados bajo el principio del equilibrio presupuestario.
3. La contabilidad se ajustará a las normas legales aplicables a las entidades del sector público de la Generalitat Valenciana.