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Ley Derogada

Artículo 30. Personal de las sociedades gestoras y filiales.

Artículo 30 de la Ley 2/2003, de 17 de marzo, de Medios de Comunicación Social. · BOE-A-2003-8794

Atención: Ley 2/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El personal de la sociedades encargadas de la gestión de los servicios públicos de radiodifusión y televisión y de las sociedades filiales de carácter instrumental tendrá carácter de personal laboral y se regirá por el derecho laboral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-02-28.

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