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Ley Vigente

Artículo 30.

Artículo 30 de la Ley 16/1991, de 10 de julio, de las Policías Locales. · BOE-A-1991-20343

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-08-08.

Texto consolidado

1. El acceso a las categorías de Cabo, de Sargento y de Subinspector se realiza por promoción interna, mediante concurso-oposición, entre los miembros del Cuerpo que tengan un mínimo de dos años de antigüedad en la categoría inmediatamente inferior respectiva, que posean la titulación adecuada y que hayan superado, o superen en el proceso de selección el curso específico impartido por la Escuela de Policía de Cataluña.

2. La Corporación Local puede ampliar la convocatoria a los miembros de otros Cuerpos de Policía que cumplan las condiciones exigidas en el apartado 1.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-08-08.

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