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Ley Derogada 2 redacciones

Artículo 30.

Artículo 30 de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Galicia. · BOE-A-1986-6208

Atención: Ley 14/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Serán infracciones leves:

a) (Suprimida).

b) La llevanza inexacta de manera habitual del fichero de visitantes.

c) Y, en general, todas las previstas en la Ley y disposiciones reglamentarias que, no estando comprendidas en los artículos 28 y 29, no produzcan perjuicios a terceros ni beneficios al infractor.

Se suprime la letra a) por la disposición adicional 3.2 de la Ley 7/1991, de 19 de junio. Ref. BOE-A-1991-24115

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-06-28.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1991-24115.

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