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Ley Vigente

Artículo 30. Definición de los servicios de intervención frente a emergencias.

Artículo 30 de la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias. · BOE-A-2010-19046

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-26.

Texto consolidado

Son servicios de intervención frente a emergencias los colectivos, servicios y organizaciones en la Comunitat Valenciana que tienen por objeto la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente tanto ante situaciones de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública, como en accidentes graves y otras análogas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-11-26.

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