Artículo 30. Profesionales del tiempo libre educativo infantil y juvenil.
Artículo 30 de la Ley 10/2022, de 23 de diciembre, del tiempo libre educativo para la infancia y la juventud de las Illes Balears. · BOE-A-2023-2979
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-29.
Texto consolidado
1. El colectivo de profesionales del tiempo libre educativo infantil y juvenil lo conforman los monitores y las monitoras y los directores y las directoras de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil que regulan esta ley y la normativa de desarrollo.
2. El colectivo de profesionales del tiempo libre educativo infantil y juvenil son también profesionales en el ámbito de la juventud, de conformidad con el artículo 78, apartado 2, de la Ley 5/2022, de 8 de julio, de políticas de juventud de las Illes Balears.