Artículo 30. Procedimiento para el acceso a la información pública.
Artículo 30 de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2022-8187
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-12.
Texto consolidado
1. El procedimiento para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública tiene carácter de especial. Se rige por lo dispuesto en esta ley y, supletoriamente, por la normativa que regula el procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. Con el fin de garantizar y facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, deberán omitirse todas aquellas exigencias y requisitos que puedan obstruirlo o impedirlo, sobre todo en cuanto a la identificación y firma de las personas interesadas en el procedimiento.