Artículo 30. Retribuciones del personal eventual.
Artículo 30 de la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021. · BOE-A-2021-21313
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-26.
Texto consolidado
En el ejercicio 2021, las retribuciones del personal eventual no experimentarán incremento alguno respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2020.
Las retribuciones del personal eventual no superarán en ningún caso las correspondientes al cargo de director general de la Administración Regional, excluida la antigüedad que pudieran tener reconocida.