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Ley Derogada

Artículo 30. Clasificación.

Artículo 30 de la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. · BOE-A-1999-10046

Atención: Ley 1/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los Servicios Sociales Especializados, en cuanto instrumentos de atención específica a las personas con discapacidad dirigidos a posibilitar su integración social, se estructurarán, fundamentalmente, a través de:

Centros de valoración y orientación.

Centros residenciales.

Centros de día.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-07-17.

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