Artículo 30. Resolución del procedimiento.
Artículo 30 del Decreto-ley 10/2020, de 12 de junio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears. · BOE-A-2020-8013
Atención: Decreto-ley 10/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. En el plazo de tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro de la consejería competente en materia de servicios sociales, la consejera o el consejero tiene que dictar y notificar la resolución. Transcurrido este plazo, las solicitudes se entenderán desestimadas.
2. La resolución estimatoria establecerá, entre otras cuestiones, la cuantía de la prestación, la relación de derechos y obligaciones que correspondan a las personas destinatarias y la fecha a partir de la cual la prestación reportará efectos económicos.