El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Derogada 4 redacciones

Artículo 30. Obligados tributarios.

Artículo 30 del Decreto Legislativo 1/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación sobre impuestos medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2007-90039

Atención: Decreto Legislativo 1/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Son sujetos pasivos del impuesto en calidad de contribuyentes las personas físicas o jurídicas o entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que sean titulares de las instalaciones de las líneas eléctricas aéreas de alta tensión que generen el hecho imponible del impuesto en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Serán responsables solidarios del pago del impuesto las personas que exploten las líneas eléctricas aéreas de alta tensión que generen el hecho imponible cuando no coincidan con quienes sean titulares de las mismas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-05-30.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-11538.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Decreto Legislativo 1/2007

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 1/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.