Artículo 30.
Artículo 30 del Acuerdo de 26 de julio de 2000, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2000, de los Órganos de Gobierno de Tribunales. · BOE-A-2000-16417
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-09-09.
Texto consolidado
La Junta Electoral efectuará la proclamación de candidaturas en el vigésimo segundo día posterior al de la convocatoria.
No serán proclamadas las candidaturas que no se ajusten al presente Reglamento.