Artículo 3. Creación del registro electrónico.
Artículo 3 de la Resolución de 5 de abril de 2011, de la Mutualidad General Judicial, por la que se crea y regula el Registro electrónico del Organismo. · BOE-A-2011-6707
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-15.
Texto consolidado
En aplicación de los artículos 24 y 25 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, y de los artículos 26 y 27 del Real Decreto 1671/2009, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, se crea el Registro Electrónico de la Mutualidad General Judicial para la recepción y remisión de las solicitudes, escritos y comunicaciones que se presenten y expidan por vía electrónica en el ámbito de los procedimientos y actuaciones incluidos en el anexo I de la presente resolución.