Artículo 3. Fuerzas Armadas.
Artículo 3 del Real Decreto 998/2017, de 24 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2017-13645
Atención: Real Decreto 998/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La organización militar se rige por su normativa específica, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre.
2. El Jefe de Estado Mayor de la Defensa, con rango de Secretario de Estado, ostentará la representación del Departamento, por delegación del Ministro, en los casos en que éste se la confiera y la representación militar nacional ante las organizaciones internacionales de seguridad y defensa.
3. Como órganos de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata al Jefe de Estado Mayor de la Defensa, existen un Gabinete, con nivel orgánico de subdirección general, con la estructura que establece el artículo 14.3 del Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, y un Gabinete Técnico, cuyo director será un oficial general u oficial, también con rango de subdirector general.
4. Dependen del Jefe de Estado Mayor de la Defensa las representaciones militares en los organismos internacionales.
5. Los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire tienen rango de Subsecretario.
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