Artículo 3.
Artículo 3 del Real Decreto 783/1982, de 19 de abril, por el que se reordenan los órganos administrativos con competencia relacionadas con el síndrome tóxico. · BOE-A-1982-9446
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-04-22.
Texto consolidado
Por el Ministerio de Sanidad y Consumo y, en su caso, por la Presidencia del Gobierno, podrá adscribirse al Programa Nacional de Ayuda a los Afectados por el «Síndrome Tóxico» el personal que se encuentre al servicio de la Administración del Estado y sus Organismos autónomos o de la Seguridad Social. Cuando se trate de dicho personal, su adscripción se efectuará en comisión de servicios.