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Real Decreto Vigente

Artículo 3.

Artículo 3 del Real Decreto 765/1993, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Ondas Medias (hectométricas). · BOE-A-1993-15065

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-06-12.

Texto consolidado

La gestión directa de los servicios públicos de radiodifusión sonora en ondas medias será llevada a cabo por el ente público Radiotelevisión Española a través de su sociedad «Radio Nacional de España, Sociedad Anónima», que dispondrá de las frecuencias y estaciones emisoras que aparecen en el anexo I del presente Real Decreto, con las características técnicas allí señaladas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-06-12.

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