El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 3. Objeto de los encargos.

Artículo 3 del Real Decreto 69/2019, de 15 de febrero, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA) y de su filial Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSATEC). · BOE-A-2019-2637

Atención: Real Decreto 69/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las entidades señaladas en el artículo 2.1 podrán conferir encargos a TRAGSA o a su filial TRAGSATEC sobre los trabajos y actividades que, encontrándose dentro del marco funcional de los apartados 1, 4 y 5 de la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y del objeto social de las mismas, precisen para el ejercicio de sus competencias y funciones, así como los que resulten complementarios o accesorios, de acuerdo con el régimen establecido en este real decreto.

2. En ningún caso podrán realizarse encargos que supongan una traslación del ejercicio de potestades públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-02-27.

Más artículos de Real Decreto 69/2019

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 69/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.