Artículo 3. Ámbito territorial de aplicación.
Artículo 3 del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras. · BOE-A-2013-8565
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-08-04.
Texto consolidado
1. La presente norma se aplicará en el territorio del Estado español y en las aguas marinas sometidas a soberanía o jurisdicción española, incluyendo la zona económica exclusiva y la plataforma continental.
El ámbito territorial de aplicación para cada especie del catálogo se detalla en el anexo.
2. Lo dispuesto en el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio de las acciones de cooperación internacional o de la jurisdicción del Estado español sobre personas y buques, aeronaves o instalaciones, en los supuestos previstos en el artículo 6 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.