Artículo 3. Régimen sancionador.
Artículo 3 del Real Decreto 61/2011, de 21 de enero, sobre declaraciones a efectuar por los compradores de leche y productos lácteos de oveja y cabra. · BOE-A-2011-2616
Atención: Real Decreto 61/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La falta de declaración o la falsedad en los datos declarados podrán ser sancionadas de acuerdo con el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria, y demás disposiciones que le sean de aplicación.