Artículo 3. Fines.
Artículo 3 del Real Decreto 596/2014, de 11 de julio, por el que se regula el funcionamiento y se establece la estructura orgánica básica del Museo Naval, su Real Patronato y los museos filiales. · BOE-A-2014-7685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-22.
Texto consolidado
El Museo Naval y sus museos filiales tienen los siguientes fines:
a) Mostrar, a través de sus colecciones, la historia de la Armada Española como parte integrante e inseparable de la historia de España.
b) Dar a conocer la importancia de la navegación y de las aportaciones de la Armada al progreso institucional, social, cultural, económico y científico de España.
c) Desarrollar la cultura de seguridad y defensa como necesidad de toda sociedad organizada.
d) Impulsar la investigación y difusión de la historia marítima de España, contribuir a ilustrar y salvaguardar sus tradiciones navales y promover la conciencia marítima nacional.
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