Artículo 3. Empleos militares.
Artículo 3 del Real Decreto 537/1994, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del militar de empleo de la categoría de oficial. · BOE-A-1994-8233
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-04-14.
Texto consolidado
Los militares de empleo de la categoría de oficial tendrán los empleos de Alférez o Alférez de Fragata y Teniente o Alférez de Navío.