Artículo 3. Exclusiones.
Artículo 3 del Real Decreto 515/2020, de 12 de mayo, por el que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios y funciones de gestión del tránsito aéreo y de navegación aérea y su control normativo. · BOE-A-2020-4961
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-14.
Texto consolidado
Este real decreto no resulta de aplicación a los sistemas de navegación aérea, los servicios, actividades e instalaciones adscritos a la defensa nacional, así como a su personal, que se regirán, en ambos casos, por su normativa específica.
Más artículos de Real Decreto 515/2020
- ← Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- → Artículo 4. Competencia y recursos.
- Ver la norma completa: Real Decreto 515/2020, de 12 de mayo, por el que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios y funciones de gestión del tránsito aéreo y de navegación aérea y su control normativo.