Artículo 3. Ámbito material y territorial.
Artículo 3 del Real Decreto 397/2013, de 7 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ingeniería. · BOE-A-2013-7537
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-11.
Texto consolidado
1. El campo de actividad de la Academia comprende el estudio y la investigación de los fundamentos científicos y técnicos de la Ingeniería, sus aplicaciones tecnológicas y sus técnicas operativas, así como todo lo relativo al proyecto, desarrollo y explotación de sus realizaciones.
2. El ámbito territorial de la Real Academia de Ingeniería es el Reino de España, sin perjuicio de la posibilidad de realizar actividades en el exterior o establecer relaciones de colaboración con entidades extranjeras.