Artículo 3. Ensayo y valoración de las propiedades de la sustancia.
Artículo 3 del Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. · BOE-A-1995-13535
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-11-05.
Texto consolidado
Los ensayos que se lleven a cabo sobre sustancias en el ámbito de este Reglamento deberán realizarse con arreglo a los requisitos que figuran en el artículo 13 del Reglamento (CE) n.º 1907/2006.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2008-17630.