Artículo 3. Principios éticos profesionales.
Artículo 3 del Real Decreto 353/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local. · BOE-A-2011-5836
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-02.
Texto consolidado
La Organización Colegial velará por que la conducta profesional de los Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local se rija en todo momento por el cumplimiento de valores éticos de actuación basados en la neutralidad política, defensa de los valores democráticos, servicio al interés público, lealtad, honestidad, honradez, imparcialidad, eficacia, eficiencia, profesionalidad, integridad, ejemplaridad, dedicación, diligencia, justicia, transparencia, cumplimiento de la legalidad y respeto a los derechos humanos.
La Organización Colegial promoverá políticas de igualdad de género y se tenderá a la representación paritaria en todos sus órganos.
Asimismo, velará por la asunción de nuevos valores éticos que faciliten el acercamiento a la ciudadanía y la modernización de la administración para adaptarla a las nuevas demandas sociales, tales como la orientación al público, colaboración, información, diálogo y resolución de conflictos, trabajo en equipo e impulso de las nuevas tecnologías.
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