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Real Decreto Derogada

Artículo 3. Excepción para la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 3 del Real Decreto 2666/1998, de 11 de diciembre, por el que se establecen los criterios de selección para el fomento de la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios, de la pesca, de la acuicultura y de la alimentación. · BOE-A-1998-30045

Atención: Real Decreto 2666/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las inversiones que se realicen en las islas Canarias se podrán beneficiar también de lo dispuesto en la Decisión 91/314/CEE, así como de las derogaciones aprobadas por la Comisión, basadas en la citada Decisión y reflejadas en los correspondientes programas operativos, y en cuantas otras disposiciones adopte la Unión Europea, en función de las especiales características de esta Comunidad Autónoma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-12-31.

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