Artículo 3. Acceso
Artículo 3 del Real Decreto 259/1996, de 16 de febrero, sobre incorporación a la Universidad de los estudios superiores de turismo. · BOE-A-1996-5096
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-03-06.
Texto consolidado
El acceso a los estudios a que se refieren los artículos anteriores se regirá por las normas generales vigentes para el acceso a los estudios universitarios conducentes a la obtención del título de Diplomado universitario.