Artículo 3. Estructura.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-04-14.
Texto consolidado
1. El Consejo del Agua de la demarcación podrá actuar en Pleno y en Comisiones.
2. El Pleno podrá acordar la constitución de comisiones específicas para el estudio e informe de los asuntos que aquél decida encomendarle.
3. Existirá, en todo caso, una Comisión de Planificación Hidrológica y Participación Ciudadana para el estudio e informe de los asuntos que el Pleno decida encomendarle en relación con la planificación hidrológica y la participación ciudadana, cuya composición se establece en el artículo 7.
Más artículos de Real Decreto 255/2013
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- → Artículo 4. Composición del Pleno.
- Ver la norma completa: Real Decreto 255/2013, de 12 de abril, por el que se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica del Júcar y por el que se modifican diversas normas relativas al ámbito y constitución de dicha demarcación hidrográfica y de la Confederación Hidrográfica del Júcar.