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Real Decreto Vigente

Artículo 3. Clasificación de las máquinas.

Artículo 3 del Real Decreto 2110/1998, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar. · BOE-A-1998-23945

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-10-17.

Texto consolidado

A efectos de su régimen jurídico las máquinas, a que se refiere este Reglamento, se clasifican en:

a) Máquinas de tipo «A» o recreativas.

b) Máquinas de tipo «B» o recreativas con premio programado, y máquinas especiales para salas de juego, bingos y casinos.

c) Máquinas de tipo «C» o de azar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-10-17.

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