Artículo 3. Finalidad de las evaluaciones.
Artículo 3 del Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de militares de tropa y marinería. · BOE-A-2009-2508
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-02-15.
Texto consolidado
Los militares profesionales serán evaluados para determinar:
a) La aptitud para el ascenso al empleo militar superior.
b) La selección de asistentes a determinados cursos de actualización.
c) La idoneidad para la renovación del compromiso.
d) La idoneidad para la suscripción del compromiso de larga duración.
e) La idoneidad de quienes tengan suscrito un compromiso de larga duración para acceder a la condición de militar de carrera.
f) La insuficiencia de facultades profesionales.
g) La insuficiencia de condiciones psicofísicas.
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