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Real Decreto Vigente

Artículo 3. Objeto de la relación laboral especial.

Artículo 3 del Real Decreto 1331/2006, de 17 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos. · BOE-A-2006-20113

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-18.

Texto consolidado

El objeto de la relación laboral especial que se regula en este real decreto es la prestación de la actividad profesional de abogado en despachos de abogados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-18.

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