El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 3. Sede y ámbito territorial.

Artículo 3 del Real Decreto 127/2013, de 22 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales. · BOE-A-2013-2608

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-10.

Texto consolidado

1. La sede del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales radicará en Madrid, y su ámbito abarcará la totalidad del territorio del Estado, con excepción del de las comunidades autónomas en que se haya constituido, o se constituya en un futuro, según lo dispuesto en el artículo 36, un Colegio autonómico.

2. A efectos colegiales el ámbito territorial del Colegio se considera dividido en tantas Delegaciones Territoriales como comunidades autónomas se encuentren incluidas en el mismo, las ciudades de Ceuta y Melilla se adscriben a la Delegación de Andalucía. No obstante, podrán agruparse en una sola Delegación Territorial los colegiados de dos o más Comunidades, a instancias de los colegiados afectados y con el acuerdo de la Junta de Gobierno. La sede de estas Delegaciones se fijará según lo dispuesto en el artículo 29.3 de los presentes estatutos.

3. Cuando los recursos económicos lo permitan y previa aprobación en Junta Rectora, las Delegaciones Territoriales o Autonómicas dispondrán en sus sedes de local y personal para el desarrollo de sus competencias y servicios, siguiendo criterios de eficacia, conveniencia y solidaridad interterritorial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-03-10.

Más artículos de Real Decreto 127/2013

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 127/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.