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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 3. El Consejo General.

Artículo 3 del Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales. · BOE-A-2005-16996

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-09-01.

Texto consolidado

1. El Consejo General estará integrado por los siguientes miembros: 13 representantes de los sindicatos más representativos en el nivel estatal, en proporción a su representatividad, 13 representantes de las organizaciones empresariales más representativas en el nivel estatal y 13 representantes de la Administración General del Estado.

Su Presidente será el titular del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, que será uno de los miembros representantes de la Administración General del Estado, y designará dos vicepresidentes entre dichos miembros.

El Vicepresidente primero será el titular de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, quien sustituirá al Presidente en caso de vacante, ausencia o enfermedad.

Actuará como secretario, con voz pero sin voto, el Secretario General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

2. Son atribuciones del Consejo General:

a) Elaborar las líneas de actuación del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

b) Elaborar el anteproyecto del presupuesto.

c) Aprobar la memoria anual, para su elevación al Gobierno.

3. El Consejo General funcionará en pleno y se reunirá trimestralmente, así como cuando lo convoque su Presidente, a iniciativa propia o a petición de un tercio de sus miembros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-09-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2008-14464.

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