El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 3. Ámbito de aplicación.

Artículo 3 del Real Decreto 1163/2005, de 30 de septiembre, por el que se regula el distintivo público de confianza en los servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, así como los requisitos y el procedimiento de concesión. · BOE-A-2005-16699

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-10-09.

Texto consolidado

Este real decreto se aplica a las corporaciones, asociaciones u organizaciones comerciales, profesionales y de consumidores que adopten códigos de conducta destinados a regular las relaciones entre prestadores de servicios de la sociedad de la información y los consumidores y usuarios, cuando la adhesión a tales códigos conceda el derecho al uso y administración del «distintivo público de confianza en línea».

Este real decreto se aplicará, asimismo, a los prestadores de servicios de la sociedad de la información que hagan uso de dicho distintivo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-10-09.

Más artículos de Real Decreto 1163/2005

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1163/2005 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.