Artículo 3. Base reguladora de la pensión de invalidez permanente absoluta derivada de contingencias comunes.
Artículo 3 del Real Decreto 1071/1984, de 23 de mayo, por el que se modifican diversos aspectos en la normativa vigente en materia de invalidez permanente en la Seguridad Social. · BOE-A-1984-12729
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-06-08.
Texto consolidado
El cálculo de la base reguladora de la pensión de invalidez absoluta, derivada de enfermedad común o accidente no laboral, se llevará a cabo conforme a lo dispuesto en el artículo 7.º del Decreto 1646/1972, de 23 de junio, para la aplicación de la Ley 24/1972, de 21 de junio, en materia de prestaciones del Régimen General de la Seguridad Social, quedando sin efecto, por tanto, la excepción prevista para esta clase de pensión en la disposición transitoria primera de dicho Decreto
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