Artículo 3. Concesión.
Artículo 3 del Real Decreto 1036/2009, de 29 de junio, por el que se crea la Orden Civil del Mérito Medioambiental. · BOE-A-2009-12205
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-24.
Texto consolidado
1. La concesión de la Gran Cruz y la Placa al Mérito en su categoría de oro, se hará por real decreto y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Las restantes categorías se concederán por orden del titular del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.