Artículo 2. Categorías.
Artículo 2 del Real Decreto 1036/2009, de 29 de junio, por el que se crea la Orden Civil del Mérito Medioambiental. · BOE-A-2009-12205
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-24.
Texto consolidado
1. Las categorías de la Orden serán las siguientes:
a) Gran Cruz.
b) Encomienda de Número.
c) Encomienda.
d) Cruz de Oficial.
e) Cruz.
f) Medalla de Bronce.
2. Con el fin de premiar a las corporaciones, instituciones o personas jurídicas, públicas o privadas, que hayan desarrollado una destacada labor en cualquiera de los ámbitos a que se refiere este real decreto, existirá una categoría especial dentro de la Orden que se denominará «Placa al Mérito Medioambiental» que podrá ser de oro, plata o bronce.