Artículo 3. Miembros.
Artículo 3 del Real Decreto 1029/2002, de 4 de octubre, por el que se establece la composición y el régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información. · BOE-A-2002-20196
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-19.
Texto consolidado
El Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información está constituido por el Presidente, los Vicepresidentes, los vocales y el Secretario.
Será Presidente del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, el Ministro de Ciencia y Tecnología, quien podrá delegar en el Vicepresidente primero.
Será Vicepresidente primero el Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información; Vicepresidente segundo, el Director general de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, y Vicepresidente tercero, el Director general para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.
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