Artículo 3. Objeto del subprograma reconocimiento a la Excelencia.
Artículo 3 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de reconocimiento del marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado establecido por Real Decreto 951/2005, de 29 de julio. · BOE-A-2019-13618
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-09-26.
Texto consolidado
1. El reconocimiento a la excelencia consiste en la certificación de las organizaciones que hayan acreditado un determinado nivel de excelencia por comparación a modelos de referencia reconocidos.
2. Los modelos de referencia a los que se refiere el apartado anterior son los siguientes:
a) «Modelo EFQM de Excelencia», de la Fundación Europea para la Gestión de Calidad, en su vigente interpretación para las administraciones públicas.
b) «Marco Común de Evaluación» (CAF), de la Red EUPAN de la Unión Europea.
c) «Modelo de Evaluación, Aprendizaje y Mejora» (EVAM), del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
3. Para cada uno de estos modelos de referencia se establecen los siguientes niveles de excelencia:
a) Modelo EFQM:
1.º Nivel + 500 puntos.
2.º Nivel 400-499 puntos.
3.º Nivel 300-399 puntos.
4.º Nivel 200-299 puntos.
b) Modelo CAF:
1.º Nivel + 500 puntos.
2.º Nivel 400-499 puntos.
3.º Nivel 300-399 puntos.
4.º Nivel 200-299 puntos.
c) Modelo EVAM:
1.º Nivel + 300 puntos.
2.º Nivel 200-299 puntos.
Más artículos de Orden TFP/967/2019
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