Artículo 3. Administración del Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y colaboración y cooperación entre las administraciones públicas.
Artículo 3 de la Orden SSI/2371/2013, de 17 de diciembre, por la que se regula el Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. · BOE-A-2013-13231
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.
Texto consolidado
1. La Administración General del Estado, a través de la Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), es la responsable de la administración del SISAAD.
2. Las comunidades autónomas que opten por mantener sus propios sistemas de información suscribirán con el IMSERSO convenios de colaboración, como mecanismo regulador de garantía y seguridad, que incluirán, entre otros contenidos, la forma de transmisión de la información, plazos y condiciones, de conformidad con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, y su normativa de desarrollo, y en el Esquema Nacional de Interoperabilidad, establecido en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
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