Artículo 2. Finalidad del Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Artículo 2 de la Orden SSI/2371/2013, de 17 de diciembre, por la que se regula el Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. · BOE-A-2013-13231
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.
Texto consolidado
1. El SISAAD tiene como finalidad proporcionar a las administraciones públicas competentes en la gestión de las prestaciones y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), los instrumentos necesarios para el mantenimiento y gestión de la información relativa a los beneficiarios del mismo, para la comunicación recíproca y el intercambio de información, permitiendo la interoperabilidad de los respectivos sistemas de información de dichas administraciones públicas.
Asimismo, el SISAAD garantizará la fiabilidad, seguridad, disponibilidad y transparencia de la información.
2. El SISAAD permitirá mejorar la gestión y explotación de los datos contenidos en el mismo, a los efectos de la realización de estadísticas para fines estatales en materia de dependencia.
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