Artículo 3. Pleno.
Artículo 3 de la Orden SSI/1870/2015, de 10 de septiembre, por la que se crea y regula el funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. · BOE-A-2015-9975
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-09-18.
Texto consolidado
1. El Pleno tendrá la siguiente composición:
a) Presidencia: La persona titular de la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
b) Vicepresidencia: La persona titular de la Subdirección General de Tecnologías de la Información (SGTI en adelante) del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
c) Vocalías: Las personas titulares de los órganos recogidos a continuación, y que en todo caso tendrán que tener rango, al menos, de Director General:
1) El titular de la Dirección del Gabinete de la persona titular del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
2) Un representante de cada una de las Secretarías de Estado, Secretarías Generales y organismos públicos adscritos al Departamento.
d) Secretaría: Un funcionario o funcionaria designado por la persona titular de la SGTI del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el cual tendrá voz pero no voto.
2. Todas las vocalías se designarán por la persona titular de la Subsecretaría del Departamento a propuesta de las personas titulares de los órganos superiores o directivos de los que dependan los designados.
Por cada vocal, y por el mismo procedimiento, se nombrará un suplente que deberá tener, al menos, rango de Subdirector general o asimilado.
Más artículos de Orden SSI/1870/2015
- ← Artículo 2. Composición y funcionamiento.
- → Artículo 4. Comisión Permanente.
- Ver la norma completa: Orden SSI/1870/2015, de 10 de septiembre, por la que se crea y regula el funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.