Artículo 3. Inclusión del Código de Conducta en los procesos selectivos para acceso a las escalas de la Guardia Civil.
Artículo 3 de la Orden PJC/849/2024, de 8 de agosto, de implementación, evaluación y seguimiento del Código de Conducta del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2024-16600
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-11.
Texto consolidado
Los valores y virtudes que se recogen en el Código de Conducta podrán servir de referencia en las competencias a explorar, cuando así se establezca en la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a las diferentes escalas de la Guardia Civil, así como en la del proceso selectivo para asistir al curso de capacitación para ascender al empleo de cabo.
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