Artículo 3. Clasificación de las pruebas físicas.
Artículo 3 de la Orden PCI/362/2019, de 20 de marzo, por la que se regula la realización de pruebas físicas en la Guardia Civil. · BOE-A-2019-4651
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-18.
Texto consolidado
Las pruebas físicas podrán ser:
a) Básicas: aquellas cuya superación se establece como obligatoria.
b) Complementarias: aquellas que no podrán conllevar la exclusión del proceso selectivo, curso o actividad formativa respectiva. Cuando una prueba se establezca como complementaria, cuya realización podrá ser obligatoria o voluntaria, deberá quedar expresamente reflejada en la correspondiente convocatoria.
c) Voluntarias: aquellas cuya realización quede a voluntad de la persona interesada, sin que medie obligación derivada de un proceso selectivo, curso o actividad formativa.
d) Periódicas: aquellas que sean convocadas con una cierta regularidad.
Se añaden las letras c) y d) por el art. 1.2 de la Orden PCM/1071/2023, de 26 de septiembre. Ref. BOE-A-2023-20178
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-20178.