Artículo 3. Requisitos esenciales, metrológicos y técnicos.
Artículo 3 de la Orden ITC/3708/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los sistemas para el conteo y control de afluencia de personas en locales de pública concurrencia. · BOE-A-2006-21359
Atención: Orden ITC/3708/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los requisitos esenciales exigibles para los sistemas contadores de personas son los que se determinan en el anexo I de esta orden.
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