Artículo 3. Anotación del código ITV en las tarjetas de inspección técnica.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-25.
Texto consolidado
Los fabricantes de turismos o sus representantes legales deberán anotar el código ITV en las tarjetas de inspección técnica que expidan en soporte papel a los citados vehículos.
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- Ver la norma completa: Orden ITC/3219/2011, de 18 de noviembre, por la que se dictan normas para el cumplimiento del Reglamento (CE) n.º 443/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por el que se establecen normas de comportamiento en materia de emisiones de los turismos nuevos como parte del enfoque integrado de la comunidad para reducir las emisiones de CO2 de los vehículos ligeros.